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miércoles, 24 de marzo de 2010

Apuntes útiles para la inversión (Parte III)

Apuntes útiles para la inversión (Parte III)

La ACI, como agencia de promoción de la inversión, acompaña y respalda la toma de decisiones y el proceso de instalación del inversionista extranjero que ve en Medellín y el Área Metropolitana como un destino ideal para la expansión de su negocio. Igualmente, apoya las iniciativas de reinversión que pretendan adelantar en la región los inversionistas ya instalados aquí.

En ese sentido, a continuación presentamos información que puede serle de mucha utilidad si usted hace parte de alguno de estos dos grupos.

ZONA FRANCA

Régimen actual:
Ley 1004 de 2005
Decreto 383 de Febrero 12 de 2007
Decreto 4051 de Octubre 23 de 2007

Colombia cuenta con las zonas francas más competitivas de Latinoamérica
Es importante recordar que las zonas Francas pasaron de ser un instrumento de fomento a las exportaciones a un instrumento de atracción de inversión y generación de empleos.

La legislación de las Zonas Francas cambia en el año 2005 ante la necesidad de generar mecanismos que pusieran a Colombia en un nivel competitivo para la atracción de nuevas inversiones.

En ese año, Colombia tenía una de las tarifas de impuesto de renta más alta de la región: 38.5% lo que sumado a una percepción negativa del país hacia muy difícil la consolidación de nuevas inversiones.

La nueva regulación de las Zonas Francas tiene como finalidad:

  • Ser un instrumento para la creación de empleo y para la captación de nuevas inversiones de capital.
  • Ser un polo de desarrollo que promueva la competitividad en las regiones donde se establezca.
  • Desarrollar procesos industriales altamente productivos y competitivos, bajo los conceptos de seguridad, transparencia, tecnología, producción limpia, y buenas prácticas empresariales.
  • Promover la generación de economías de escala.
  • Simplificar los procedimientos del comercio de bienes y servicios, para facilitar su venta

Algunas definiciones que trae la ley

Nueva inversión:
El aporte de recursos financieros que realiza la empresa representados en nuevos activos fijos reales productivos y terrenos, que se vinculan directamente a la actividad productora de renta de los usuarios de Zona Franca.
No se consideran nueva inversión los activos que se transfieren por efecto de la fusión, liquidación, transformación o escisión de empresas ya existentes.

Activos fijos reales productivos:
Bienes tangibles que no hayan sido usados en el país, que se adquieren para formar parte de la persona jurídica que solicite la declaratoria de existencia de una zona o la persona jurídica que solicite la calificación de usuario de zona franca, participan de manera directa y permanente en la actividad productora de renta y se deprecian o amortizan fiscalmente.

Generación de empleo directo y formal:
Se considera que los proyectos generan empleo directo y formal cuando en los mismos se contratan puestos de trabajo que exigen la vinculación de personal permanente y por tiempo completo, a través de contratos laborales celebrados conforme con las normas legales vigentes que rigen la materia y respecto de las cuales el empleador cumpla con los aportes parafiscales y con las obligaciones del sistema general de seguridad social.
La generación de empleo directo y formal debe estar directamente relacionada con el proceso productivo o de prestación de servicios.

Plan maestro de desarrollo general de la zona franca
Documento que contiene una iniciativa de inversión encaminada a asegurar la generación, construcción y transformación de infraestructura física, estructura de empleo, competitividad y producción de bienes y servicios con el fin de generar impactos y/o beneficios económicos y sociales mediante el uso de buenas prácticas de gestión empresarial.

Que son las Zonas Francas?
Las Zonas Francas en Colombia se definen como el área geográfica delimitada dentro del territorio nacional, en donde se desarrollan actividades industriales de bienes y de servicios, o actividades comerciales, bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior. Las mercancías ingresadas en esta zona se consideran fuera del territorio aduanero nacional para efectos de los impuestos a las importaciones y a las exportaciones.

El nuevo régimen permite la creación de Zonas Francas Uniempresariales, es decir, las nuevas empresas que cumplan con unos montos mínimos de inversión y generación de empleo pueden obtener los beneficios de zona Franca en la ubicación de su preferencia sin necesidad de localizarse en una zona determinada.
Dentro del régimen existen pues dos tipos de Zonas, Zona Franca Permanente y Zona Franca Uniempresarial. Cada una de las cuales tiene características particulares pero ambas gozan de los mismos incentivos
Se les otorga el permiso para funcionar como Zona Franca hasta por un término máximo de 30 años, prorrogable por otros 30 más
Impuesto de renta y complementarios a la tarifa del 15%.
Los bienes introducidos desde el resto del mundo a la Zona Franca no se consideran importaciones y por tal no pagan arancel e IVA.
Los bienes exportados desde Zona Franca al resto del mundo se benefician de los acuerdos comerciales firmados por Colombia; esto quiere decir que a los bienes producidos en Zonas Francas en Colombia se les reconoce su origen y por tanto pueden acceder a las preferencias arancelarias establecidas en cada uno de los tratados. (Excepto Perú).
Las importaciones a Zona Franca de los bienes terminados en el territorio nacional no pagarán IVA, siempre que estos sean necesarios para desarrollar la actividad empresarial.
Se permite la exportación desde la Zona Franca al resto del territorio aduanero nacional.
Posibilidad de realizar procesamiento parcial por fuera de la Zona Franca por máximo 9 meses al igual que posibilidad de salida de bienes de capital para reparación y mantenimiento por un término máximo de 6 meses.
Trámites aduaneros rápidos y simplificados.
Zonas Francas Permanentes

Las Zonas Francas Permanentes son un área continua y no inferior a 20 hectáreas, con las condiciones necesarias para ser dotada de infraestructura y en donde varias empresas se pueden instalar y desarrollar sus actividades industriales, comerciales o de servicios.
Es decir, las empresas que se instalen en una Zona Franca deben entonces, bien producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados, bien desarrollar servicios industriales, o bien estar autorizadas para desarrollar actividades de mercadeo, comercialización, almacenamiento o conservación de bienes.

Requisitos para usuarios de la Zona Franca Permanente
Las empresas que desean instalarse en Zona Franca Permanente, deben ser creadas dentro de los últimos seis meses anteriores a la solicitud de Zona Franca

Cumplir con un requisito de Inversión y Empleo según el total de sus activos. Por lo anterior, si una empresa instalada dentro de una Zona Franca Permanente cambia de rango de activos dentro del primer año de operación deberá cumplir con el nuevo requisito de Empleo e Inversión correspondiente.

Activos de la empresa Inversión en USD Generación de empleo
0 – 129.000 $ 0 0
129.008 – 1,28 Millones $ 0 20

1,28 – 7,72 Millones
$ 1,28 30
Más de 7,72 Millones $ 2,96 50

(Salario mínimo Mensual Vigente para 2010 COP $ 515.000, Tasa de cambio de referencia: USD 1 = COP 2.000)

Zonas Francas Uniempresariales
Una sola empresa puede obtener las ventajas de la Zona Franca en cualquier lugar del país para desarrollar sus actividades industriales o de servicios. En este tipo de Zonas Francas existen subtipos de Zonas Francas que tienen un requisito de inversión y empleo diferente.
 
Para ser declarado como Zona Franca Uniempresarial se requiere que la empresa sea creada dentro de los últimos seis meses antes de la solicitud de Zona Franca, y que la inversión se realice después de que se autoriza el funcionamiento como Zona Franca. Según la actividad de la empresa deberá cumplir dentro de los tres años siguientes a la autorización de funcionamiento como Zona Franca los siguientes requisitos de Inversión y Empleo.

Tipo de Zona Franca Inversión (USD Millones) Generación de empleo
Bienes ¹ 38,6 150
Servicios ² 2,57 – 11,84 500
11,84 – 23,69 350
23,69 o más 150
Servicios – Puertos ³ 38,6 20

(Salario mínimo Mensual Vigente para 2010 COP $ 515.000, Tasa de cambio de referencia: USD 1 = COP 2.000)

¹ Cada inversión adicional de US $ 5.9 MM reduce 15 empleos. En cualquier caso, se deben generar 50 empleos.
² Para entidades prestadoras de Salud debidamente acreditadas el 50% de los empleos pueden ser vinculados.
³ 50 empleos indirectos pueden reemplazar 20 empleos directos.

Zona Franca Uniempresarial de agroindustria
Una Zona Franca Especial la puede constituir una sola empresa que desarrolle actividades de agroindustria en un área determinada y que demuestre dentro de los tres (3) años siguientes a la declaratoria de Zona Franca el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Tipo de Zona Franca Inversión (USD Millones) Generación de empleo
Agricultura 19,30  

(Salario mínimo Mensual Vigente para 2010 COP $ 515.000, Tasa de cambio de referencia: USD 1 = COP 2.000)

Los subsectores que clasifican para la Zona Franca Agroindustrial son:

  • Biocombustibles
  • Carnes y Pescados
  • Aceites y grasas, animales y vegetales
  • Productos lácteos
  • Legumbres y frutas preparadas o en conservas, té, sopas, caldos, vinagre, salsas y levaduras*
  • Café y Trilla

Zona Franca Uniempresarial de empresa preexistente
Una Zona franca Preexistente podrá convertirse en Zona Franca Uniempresarial siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

  • Patrimonio de US $38.6 millones.
  • Inversión nueva de US $178 millones.
  • Duplicar renta liquida gravable a 31 de Diciembre anterior a la fecha de aplicación.

RÉGIMEN DE COMERCIO EXTERIOR DE LAS ZONAS FRANCAS

Operaciones desde el resto del mundo con destino a Zona Franca permanente
No se considera una importación, los bienes deben aparecer en el documento de transporte consignados a un usuario de la Zona franca, o el documento de transporte debe endosarse a favor de uno de ellos.
Los bienes deben ser entregados por el transportador al usuario operador de la respectiva Zona Franca en sus instalaciones

Operaciones de Zona franca Permanente con destino al resto del mundo
Se considera exportación de bienes, la venta y salida a mercados externos de los bienes producidos, transformados, elaborados, o almacenados, por los usuarios industriales y comerciales.

Operaciones desde el resto del territorio aduanero nacional con destino a Zonas Francas permanentes
Exportación definitiva, la introducción a Zona Franca permanente de materias primas, partes, insumos y bienes terminados nacionales o en libre disposición, necesarios para el libre desarrollo de su objeto social a favor del usuario operador o Industrial de Bienes y de servicios, siempre y cuando dicha mercancía sea efectivamente recibida por ellos.
No constituye exportación, la introducción a Zona Franca, proveniente del resto del Territorio Aduanero Nacional de materiales de construcción, combustibles, alimentos, bebidas y elementos de aseo, para su consumo o utilización dentro de la zona, necesarios para el normal desarrollo de las actividades de los usuarios y que nos constituyan parte de su objeto social.

Operaciones de Zonas Francas Permanentes con destino al resto del Territorio Aduanero Nacional
Régimen de importación, la introducción al resto del Territorio Aduanero Nacional de bienes procedentes de la Zona Franca se considera un importación.
Cunado lo que se importen mercancías fabricadas, producidas, reparadas reacondicionadas o reconstruidas en Zona Franca, los derechos de aduana se liquidaran y pagaran sobre el valor en aduana de las mercancías importadas en el estado que presenten al momento de la valoración, deduciendo del mismo el valor agregado nacional y/o el valor de los bienes nacionalizados que se les haya incorporado en la zona franca. El gravamen arancelario corresponde a las subpartidas del producto final
Certificado de integración: el usuario operador expedirá el certificado de integración de las materias primas e insumos nacionales y extranjeros utilizados en el respectivo proceso. Dicho certificado constituirá documento soporte de la declaración de la Declaración de importación.

En Antioquia contamos con siete Zonas Francas aprobadas, tres de ellas permanentes y cuatro uniempresariales.

Permanentes:

  • Zona Franca de Rionegro
  • Zona franca de Urabá
  • Zona Franca Internacional Valle de Aburrá

Uniempresariales:

  • Cementera del Magdalena Medio
  • KC Antioquia Global
  • Hospital San Vicente de Paul
  • Soc. Médica de Sabaneta

Las Zonas Francas han traído gran dinamismo a Medellín y a la región, en el Oriente antioqueño por ejemplo ya hay dos Zonas Francas: la de Rionegro y el nuevo Hospital San Vicente de Paúl, además el gobierno se comprometió a dar viabilidad jurídica para que el Parque, ubicado en El Carmen de Viboral, sea calificado como Zona Franca Tecnológica, y se analiza la naciente Zona Franca Tecnológica de Manantiales, en el Alto Las Palmas.
En el Área Metropolitana se planea la construcción de nuevas Zonas Francas, y la Zona Franca de Urabá evidencia el potencial que tiene la región a la hora de pensar en negocios y en inversión.

 

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